
Diez propuestas mínimas para garantizar el fin del conflicto, la reconciliación nacional y la construcción de la paz estable y duradera
Presentamos la tercera de las diez propuestas mínimas sobre Fin del Conflicto:
Conformación del "Fondo Nacional para el fin del conflicto, la reconciliación y la construcción de la paz, FONAPAZ":
1. Fundamentos normativos del FONAPAZ: Para la financiación del Plan Nacional Para la Construcción de la Paz, se conformará el Fondo Nacional para el fin del conflicto, la reconciliación y la construcción de la paz, "FONAPAZ". El Fondo será de origen constitucional y tendrá una vigencia mínima de diez (10) años. Los recursos del Fondo serán definidos como proporción fija del Producto Interno Bruto. Mediante desarrollo legal, se creará una cuenta especial dentro del Presupuesto General de la Nación, correspondiente al Fondo, con destinación específica para los propósitos de financiación del Plan Nacional Para la Construcción de la Paz.
2. Estimación del monto anual del FONAPAZ: Para definir el monto anual del Fondo, se hará una estimación anualizada de las consecuencias económicas de la paz; tanto de sus costos, como de sus beneficios. De manera especial, se tendrán como referencia los requerimientos anualizados de los programas y proyectos de inversión del Plan Nacional Para la Construcción de la Paz. En todo caso, el monto anual no podrá ser inferior al equivalente a cuatro (4) puntos del Producto Interno Bruto. La definición del monto del Fondo, no podrá ser afectada por el criterio de sostenibilidad fiscal ni por la regla fiscal.
3. Fuentes de financiación del FONAPAZ:
Para la definición técnica de las medidas y acciones aquí propuestas y los aportes de cada uno de los componentes básicos del Fondo, la Comisión Nacional del Plan creará una Comisión ad hoc de apoyo técnico.
4. Seguimiento y control a la ejecución de FONAPAZ y veeduría y control ciudadano: La Comisión Nacional del Plan hará seguimiento y control a la ejecución del Fondo, sin perjuicio de las funciones que les competen a los organismos de control. En desarrollo de ese propósito presentará un informe anual de ejecución, previa presentación del proyecto de presupuesto anual para el año siguiente, el cual deberá incluir los ajustes correspondientes, si a ello hubiere lugar. Se conformará un mecanismo de veeduría y control ciudadano sobre el Fondo Nacional para la construcción de la paz.
DELEGACIÓN DE PAZ DE LAS FARC-EP.
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